Si tenés que desvincular a alguien en marzo y no abriste tu cuenta FAL en noviembre, la indemnización la pagás vos. Entera.
Desde el 1° de noviembre de 2026 los empleadores del sector privado deben tener abierta su Cuenta Individual en un Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo mecanismo de prefinanciación de las indemnizaciones que creó la Ley 27.802 y reglamentó el Decreto 408/2026.
Casi todos te van a contar que entra en vigencia el 1/11. Eso es información.
Esto es lo que importa 👇
El FAL no te agrega un costo. Te cambia dónde va la plata que ya pagás. Salvo en tres casos, donde sí te lo “agrega”.
Cosas que se están diciendo mal sobre el FAL
1️⃣ “Es un impuesto nuevo.”
En principio, no. El aporte al FAL —1% para grandes empresas y 2,5% para micro y PyMEs sobre la base SIPA— se detrae de las contribuciones patronales del mismo período.
👉 En términos generales, no aumenta el costo laboral total, sino que reasigna contribuciones, aunque existen excepciones y zonas grises.
Analicé la articulación PER + RIFL + FAL y sus zonas grises en un trabajo publicado en Microjuris (10/08/2026, MJ-DOC-18896-AR). 📩 Si te interesa, te comparto el artículo por mensaje.
2️⃣ «El fondo me cubre la indemnización.»
Hasta donde alcance. Si no alcanza, la diferencia la pone el empleador. El FAL no modifica el régimen indemnizatorio: cambia cómo se financia.
Y la cobertura exige dos requisitos acumulativos:
→ Carencia de la cuenta: 6 contribuciones mensuales completas y consecutivas. Se mide sobre el empleador.
→ Registración: 12 meses de antelación a la extinción. Se mide sobre cada trabajador.
Quien abra la cuenta el 1/11 no dispone del fondo hasta mayo de 2027.
3️⃣ «Alcanza a todos.»
No. Quedan afuera el régimen de la construcción (Ley 22.250); casas particulares; personal agrario y embarcado; el sector público; el trabajo no registrado; y quienes tengan menos de 12 meses de registración.
Cuidado con la primera: la exclusión es por régimen del trabajador, no por rubro de empresa. Una constructora sigue aportando por su personal fuera de la 22.250. Saber por quién aportás y por quién no es el primer trabajo.
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