En el marco de los procesos de control y habilitación que llevan adelante las empresas comitentes para autorizar el ingreso de vehículos afectados a la prestación de servicios o a la ejecución de obras, uno de los aspectos más relevantes es la verificación de la cobertura de seguros. Esto incluye no solo el cumplimiento de los límites de cobertura establecidos por la normativa vigente, sino también la incorporación de las cláusulas adicionales a favor del comitente, que suelen ser requeridas como condición indispensable para operar dentro de sus instalaciones.
Dentro de estas exigencias, la correcta estructuración de la Responsabilidad Civil automotor (RC) es clave, ya que constituye la primera línea de protección frente a daños causados a terceros durante la operación de los vehículos. Por ello, resulta fundamental que prestadores, contratistas y profesionales independientes mantengan sus pólizas actualizadas y alineadas con los parámetros regulatorios y los estándares exigidos en la industria.
En este contexto, es importante anticipar que, a partir de enero próximo, todas las pólizas de automotores que se renueven o emitan deberán adecuarse a los nuevos valores establecidos por la Resolución 589/2025 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). Esta normativa actualiza los límites máximos permitidos para el seguro voluntario de Responsabilidad Civil automotor, lo que impactará directamente en los requisitos que los comitentes exigirán como parte de la documentación obligatoria para habilitar vehículos.
Límite máximo para cobertura RC para vehículos automotores y/o remolcados (Seguros Voluntarios):
a. Automóviles, camionetas, vehículos remolcados; autos de alquiler sin chofer; motovehículos, bicicletas con motor; casas rodantes: $208.000.000.-
b. Taxis, remises, maquinarias rurales y viales, camiones, semitracciones, acoplados y semirremolques, servicios de urgencias; fuerzas de seguridad; vehículos, transporte pasajeros total nueve plazas: $455.000.000.-
c. Vehículos definidos como M2 (minivans, custers y minibuses) y M3 ( autobuses urbanos, interurbanos y articulados, tanto de piso alto como de gran porte): $676.000.000.-
d. Vehículos que presten servicio mediante una Plataforma Tecnológica: $455.000.000.- Argentina
La implementación de estos nuevos montos hará necesario que tanto empresas proveedoras como titulares de flotas revisen con antelación sus coberturas, a fin de evitar observaciones, rechazos de ingreso o demoras en los procesos de habilitación. En muchos casos, será además necesario ajustar certificados, incorporar cláusulas específicas o coordinar con las aseguradoras la adecuación formal de cada póliza.
Si su organización necesita verificar, actualizar o reestructurar sus pólizas automotor para cumplir con la Resolución 589/2025 y exigencias de las empresas para las cuales trabaja, contar con un acompañamiento técnico puede marcar una diferencia sustancial en términos de tiempo, precisión documental y cumplimiento normativo.
Desde Synergia.X, brindamos asesoramiento especializado para:
Revisar la suficiencia de las coberturas.
Adecuar los montos y cláusulas exigidas por comitentes.
Optimizar la documentación para auditorías y procesos de habilitación.
Coordinar con aseguradoras y brokers los ajustes necesarios.
Lo invitamos a contactarnos para garantizar que su flota o la de sus contratistas se encuentre plenamente alineada con los nuevos requerimientos regulatorios y preparada para operar sin contratiempos. Estamos para acompañarlo en cada etapa del proceso.

